Es un curso obligatorio para todos los conductores de vehículo de mas de 3.500 Kg de MMA (Permiso C) que realicen transporte, tanto publico como privado, de mercancías pertenecientes a la empresa, ya sea como asalariado o como autónomos. El CAP es obligatorio desde el 11-09-2008 para los Autobuses y desde el 11-09-2009 para transporte de mercancías.
La nueva formación obligatoria es necesaria para la conducción por vías públicas de vehículos de empresas, sean de transporte público o privado, establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para el que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, salvo que se trate de alguno de los vehículos exentos.
Cualificación inicial, acreditada por el Certificado de Aptitud Profesional (CAP): supone que quien lo posee ha superado un curso y el correspondiente examen, lo que certifica, junto con el permiso de conducir, su aptitud profesional como conductor. Formación continua (35 horas): fija como objetivos profundizar y revisar los conocimientos adquiridos con la obtención del Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la cualificación inicial, y supone la actualización, cada 5 años, de los conocimientos esenciales inicialmente exigidos para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié en la seguridad y la racionalización del consumo de carburante.
Formación continua (35 horas)